La diferencia entre capacitación y adiestramiento en México no debe explicarse únicamente como “teoría contra práctica”. La Ley Federal del Trabajo establece una distinción más precisa basada principalmente en el propósito que persigue cada proceso.
El punto de partida está en el artículo 153-A de la Ley Federal del Trabajo: los patrones tienen la obligación de proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento que contribuya a elevar su nivel de vida, competencia laboral y productividad. La propia legislación reconoce, por tanto, que son conceptos relacionados, pero jurídicamente diferenciados.
La capacitación prepara a la persona para asumir un puesto. El artículo 153-B establece que tiene por objeto preparar a los trabajadores de nueva contratación y a quienes estén interesados en ocupar una vacante o un puesto de nueva creación. Incluso puede comprender apoyos para iniciar, continuar o completar determinados ciclos escolares.
Pensemos en una empresa que contrata a una persona para desempeñarse como supervisor de producción. El proceso mediante el cual adquiere los conocimientos, criterios y habilidades necesarios para desempeñar ese nuevo puesto corresponde, en términos de la Ley Federal del Trabajo, a capacitación. Lo mismo ocurriría si un operador ya contratado fuera preparado para ocupar posteriormente una vacante como jefe de turno.
El adiestramiento, en cambio, busca mejorar el desempeño del trabajador en sus actividades. El artículo 153-C señala entre sus objetivos actualizar y perfeccionar sus conocimientos y habilidades, facilitar la aplicación de nuevas tecnologías, informarle sobre los riesgos y peligros asociados con su trabajo, prevenir riesgos laborales, incrementar la productividad y mejorar su competencia laboral y sus habilidades.
Por ejemplo, si ese supervisor ya desempeña el puesto y recibe formación para utilizar un nuevo sistema de control de producción, mejorar un procedimiento, operar correctamente determinado equipo o ejecutar su trabajo con mayor seguridad, estamos principalmente ante adiestramiento.
Una manera sencilla de recordarlo es:
- Capacitación: prepara a la persona para desempeñar un puesto nuevo o diferente.
- Adiestramiento: desarrolla, actualiza o perfecciona a la persona para desempeñar mejor su trabajo.
Hay una precisión importante para cualquier capacitador laboral: no es jurídicamente correcto afirmar que capacitación significa exclusivamente enseñanza teórica y adiestramiento exclusivamente práctica. Esa explicación aparece con frecuencia en materiales didácticos, pero no es la distinción establecida por los artículos 153-B y 153-C de la Ley Federal del Trabajo. De hecho, diversas Normas Oficiales Mexicanas contemplan conjuntamente la capacitación y el adiestramiento mediante componentes teóricos y prácticos.
En términos operativos, ambos forman parte de una misma obligación patronal. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social exige que las empresas consideren las necesidades de capacitación y adiestramiento de sus puestos y niveles de trabajo dentro de sus planes y programas correspondientes.
Por eso, la diferencia esencial no está en cómo se enseña, sino en para qué se desarrolla a la persona: la capacitación la prepara para asumir una función; el adiestramiento fortalece su capacidad para ejecutar y mejorar el trabajo que realiza.
